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Adaptación de las bases de cotización al nuevo Salario Mínimo Interprofesional

El pasado 4 de diciembre de 2021 salió publicada la orden PCM 1353/2021 en referencia a las adaptaciones de las bases de cotización al nuevo Salario Mínimo Interprofesional que fue aprobado en septiembre pasado. Con estas nuevas bases de cotización, se han producido diferencias a la Seguridad Social (TC1) por aquellas empresas que tengan trabajadores que estén por debajo de esta nueva base mínima a partir de septiembre de 2021. Por tanto, habrá que hacer una liquidación complementaria de estos trabajadores para regularizar las cuotas. De momento la Seguridad Social nos ha comunicado que no debemos enviar ninguna liquidación complementaria todavía, pero que próximamente, nos comunicarán cuándo podremos hacer el envío de estas diferencias y en cuanto lo sabemos lo haremos llegar a nuestros clientes.

 Por otra parte, la Seguridad Social, mediante un comunicado dirigido a todos los asesores y gestorías, nos ha informado de que se están detectando contrataciones de trabajadores extranjeros con permisos de trabajos falsos, por tanto, para evitar este tipo de situaciones y evitar responsabilidades por parte de las empresas, recordemos que siempre que haya una contratación de este tipo, pida siempre el NIE original y pasaporte, para comprobar la autenticidad de los documentos, y también revise la fisonomía de la fotografía in situ para comprobar las características físicas del trabajador. Es importante que realice esta comprobación ya que en caso de haber contratado a un trabajador con un NIE falso, se pueden producir responsabilidades por parte del empresario con posibles sanciones muy graves por parte de la Inspección de Trabajo.

Para ampliar esta información pueden contactar con nuestro despacho si lo considera oportuno.