ALTA OBLIGATORIA A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS ALUMNOS EN PRÁCTICAS NO REMUNERADAS EN LAS EMPRESAS
ALTA OBLIGATORIA A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS ALUMNOS EN
PRÁCTICAS NO REMUNERADAS EN LAS EMPRESAS
Estimados clientes,
A partir del 1 de enero de 2024, será obligatorio dar de alta en la Seguridad Social a los alumnos
que hagan prácticas no remuneradas en las empresas. Aquellas empresas que hagan acuerdos de
colaboración con escuelas de formación profesional y universidades, tendrán que hacer la tramitación
de alta y cotizar por estos alumnos durante el período de prácticas siempre que no lo
asuma el mismo centro formativo. Para ello será necesario que el alumno obtenga el
NAF que le acredite como afiliado a la Seguridad Social.
Las cotizaciones de alumnos en prácticas no remuneradas serán bonificadas y todo indica que
tendrán una reducción del 95% sobre las cuotas. Será obligatorio indicar, al final de cada
trimestre, los días de prácticas realizadas por el alumno, lo que determinará el importe de las
cotizaciones a la Seguridad Social, ya que las cuotas de este colectivo será por trimestres y no
mensuales como los trabajadores por cuenta ajena.
Rogamos que todas aquellas empresas con alumnos en prácticas no remuneradas a partir de
el 1 de enero de 2024, incluidos los que tienen el acuerdo anterior a esta fecha y siguen haciendo
prácticas, que nos envíen el acuerdo formativo para proceder (si es necesario) al alta del alumno en
la Seguridad Social a partir de la citada fecha.
Pueden obtener más información mediante los canales de contacto habituales (e-mail o teléfono).
Reciban un cordial saludo




