Seguros y Asesoría Empresarial

ALTA OBLIGATORIA A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS ALUMNOS EN PRÁCTICAS NO REMUNERADAS EN LAS EMPRESAS

ALTA OBLIGATORIA A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS ALUMNOS EN

PRÁCTICAS NO REMUNERADAS EN LAS EMPRESAS

Estimados clientes,

A partir del 1 de enero de 2024, será obligatorio dar de alta en la Seguridad Social a los alumnos

que hagan prácticas no remuneradas en las empresas. Aquellas empresas que hagan acuerdos de

colaboración con escuelas de formación profesional y universidades, tendrán que hacer la tramitación

de alta y cotizar por estos alumnos durante el período de prácticas siempre que no lo

asuma el mismo centro formativo. Para ello será necesario que el alumno obtenga el

NAF que le acredite como afiliado a la Seguridad Social.

Las cotizaciones de alumnos en prácticas no remuneradas serán bonificadas y todo indica que

tendrán una reducción del 95% sobre las cuotas. Será obligatorio indicar, al final de cada

trimestre, los días de prácticas realizadas por el alumno, lo que determinará el importe de las

cotizaciones a la Seguridad Social, ya que las cuotas de este colectivo será por trimestres y no

mensuales como los trabajadores por cuenta ajena.

Rogamos que todas aquellas empresas con alumnos en prácticas no remuneradas a partir de

el 1 de enero de 2024, incluidos los que tienen el acuerdo anterior a esta fecha y siguen haciendo

prácticas, que nos envíen el acuerdo formativo para proceder (si es necesario) al alta del alumno en

la Seguridad Social a partir de la citada fecha.

Pueden obtener más información mediante los canales de contacto habituales (e-mail o teléfono).

Reciban un cordial saludo